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Juridicaaldia.com / Cultura Jurídica Aspectos sobre las invenciones y patentes (Primera parte)Diciembre 14 de 2009
Por John Alexander Morales P. Debe tenerse en cuenta que el Régimen Común sobre Propiedad
Industrial es la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, la cual
rige a partir del 1 de diciembre de 2000 en los países miembros de la Comunidad
Andina de Naciones: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. En Colombia
esta disposición se encuentra reglamentada por el decreto 2591 del 13 de
diciembre de 2000 y la resolución reglamentaria 210 del 15 de enero de 2001. Una invención se puede entender como la creación de algo
nuevo para solucionar un problema técnico existente. Por su parte, la patente de
Invención o de Modelo de Utilidad es un certificado que otorga el Gobierno,
donde se reconoce que se ha realizado una invención y que pertenece a una
persona en exclusiva, quien será el titular de la Patente; dándole por un tiempo
limitado el derecho exclusivo de impedir que sin su consentimiento terceras
personas utilicen o exploten su invención. Pueden ser objeto de Patente de Invención los productos
(sustancias, composiciones, compuestos, aparatos, dispositivos, instrumentos) y
los procedimientos en todos los campos de la tecnología, siempre que sean
nuevos, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial.
(Artículo 14 Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina). Como patente de Modelo de Utilidad puede ser objeto toda
nueva forma o configuración o disposición de elementos de algún artefacto,
herramienta, mecanismo, aparato, o alguna parte de los mismos, que permita un
mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que le
incorpore o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que
antes no tenía. (Artículo 81 Decisión 486 de la Comunidad Andina). La duración de la patente La patente de Invención tiene un plazo de duración de 20 años
contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud en el respectivo
País Miembro. (Artículo 50 Decisión 486 de la Comunidad Andina) La patente de modelo de utilidad tiene un plazo de duración
de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud en el
respectivo País Miembro. (Artículo 84, Decisión 486 de la Comunidad Andina) Una vez haya expirado este término la invención es de dominio
público y cualquier persona puede utilizarla libremente. Los derechos que confieren las patentes De acuerdo al Artículo 52 de la Decisión 486 de la Comunidad
Andina, la patente confiere a su titular el derecho de impedir a terceras
personas que no tengan su consentimiento, realizar cualquiera de los siguientes
actos: a) Cuando en la patente se reivindica un producto: i) Fabricar el producto; ii) Ofrecer en venta, vender o usar el producto; o importarlo
para alguno de estos fines; y, b) Cuando en la patente se reivindica un procedimiento: i) Emplear el procedimiento; o ii) Ejecutar cualquiera de los actos indicados en el literal
a) respecto a un producto obtenido directamente mediante el procedimiento. El titular de una patente está obligado a explotar la
invención patentada en cualquier País Miembro, directamente o a través de alguna
persona autorizada por él. La explotación es entendida como la producción
industrial del producto objeto de la patente o el uso integral del procedimiento
patentado junto con la distribución y comercialización de los resultados
obtenidos, de forma suficiente para satisfacer la demanda del mercado. También
se entenderá por explotación la importación, junto con la distribución y
comercialización del producto patentado, cuando ésta se haga de forma suficiente
para satisfacer la demanda del mercado. Cuando la patente haga referencia a un
procedimiento que no se materialice en un producto, no serán exigibles los
requisitos de comercialización y distribución. Comentarios sobre esta noticia
2 - carlos rodriguez
Buen articulo, me quedo una duda, dice que ¨El titular de una patente esta obligado a explotar la invencion patentada¨ ¿de cuanto timpo se dispone para determinar que no fue explotada? ¿años, meses, dias? 1 - Jesus
Excelente Articulo! Muchas gracias Comente esta noticia
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